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En la d茅cada de los setenta se present贸 una gran confluencia de distintas fuerzas campesinas en demanda de tierra: avecindados e hijos de ejidatarios buscaban la ampliaci贸n de los ejidos o nuevas dotaciones; jornaleros y trabajadores rurales migrantes demandaban la afectaci贸n de latifundios simulados, y las comunidades ind铆genas persist铆an en rescatar tierras que poseyeron ancestralmente. Esta situaci贸n se tradujo en un n煤mero de movilizaciones e invasiones de tierra, que a lo largo de la d茅cada evolucionaron hacia nuevas estrategias de lucha, la formaci贸n de nuevas organizaciones campesinas y nuevos objetivos: la apropiaci贸n del ciclo productivo. En 1971 el detonante fueron las movilizaciones e invasiones realizadas en Sonora y Sinaloa. De enero a marzo de 1972 ocurrieron fen贸menos similares en Tlaxcala, Puebla, Guanajuato y Sinaloa. De febrero a octubre de 1972 se suscitaron en Oaxaca. En 1974 y 1975 grupos campesinos de Tonal谩, Chiapas, viajaron hacia el Distrito Federal para denunciar despojos de tierras. Estas movilizaciones agrarias se mantuvieron en diferentes entidades del pa铆s hasta principios de los a帽os ochenta y originaron la formaci贸n de diversas organizaciones locales. Surgieron el Frente Popular de Zacatecas, la Coalici贸n Obrero-Campesino-Estudiantil del Istmo y la Coordinadora nacional Plan de Ayala. El tr谩nsito hacia objetivos m谩s amplios que el reclamo sobre la tierras tuvo una de sus manifestaciones m谩s importantes en la formaci贸n de la Coalici贸n de Ejidos Colectivos de los Valles del Yaqui y Mayo, que se cre贸 en 1977 con 76 ejidos. La coalici贸n logr贸 convertirse en una importante productora de trigo, soya y c谩rtamo; impuls贸 programas de desarrollo como el urbano y el lechero, y constituy贸 谩reas especializadas para los rubros jur铆dico, social, econ贸mico y financiero. Otros ejemplos que puedan mencionarse son los de Nayarit, en donde en 1975 se constituy贸 la Uni贸n de Ejidos L谩zaro C谩rdenas; en la sierra norte de Puebla, en 1977 surgi贸 la Cooperativa Agropecuaria Tosepan Titataniske que se integr贸 b谩sicamente con peque帽os propietarios ind铆genas y el 1o. de marzo de 1980 se constituy贸 la Uni贸n Regional de Ejidos y Comunidades de la Huasteca Hidalguense. En 1982 una buena parte de los n煤cleos surgidos con estas caracter铆sticas constituyeron la Uni贸n Nacional de organizaciones Regionales Campesinas Aut贸nomas (UNORCA). Sin embargo, estas modalidades de asociaci贸n entre ejidatarios fueron la excepci贸n. La producci贸n ejidal mostraba una alta polarizaci贸n entre un peque帽o sector que con el 4% de las parcelas genera el 36.8% del producto, un sector medio (20.9% de parcelas y 42.3% del producto) y un sector marginado, con 75% de las parcelas y 20.9% del producto. En los a帽os ochenta, la profundizaci贸n de la crisis econ贸mica general del pa铆s agrav贸 la incapacidad del Estado para destinar recursos p煤blicos a este sector que en el pasado hab铆a dependido casi enteramente de la inversi贸n p煤blica; de 1940 a 1969, el 80% del capital fijo formado en el campo se deriv贸 de la inversi贸n gubernamental. Pero, adem谩s, el ejido resent铆a las debilidades inherentes a sus formas de organizaci贸n y propiedad. Desde su origen el ejido fue instituido como un medio para resarcir a los pueblos de los despojos de tierra de que fueron v铆ctimas. para ello se decidi贸 que las solicitudes de los pueblos se resolver谩n en juicios administrativos y no plenamente judiciales, para evitar que las habilidades y los recursos de los hacendados impidieran las restituciones y dotaciones de tierra. Por ello, el derecho agrario mexicano fue otorgado al Ejecutivo Federal facultades discrecionales para tutelar el desarrollo de los ejidos y las comunidades, y sobre todo para regular el acceso campesino a la tierra. La f贸rmula de tenencia adoptada para la creaci贸n de ejidos impidi贸 en muchos casos su desarrollo productivo. La explotaci贸n de la parcela individual signific贸 para algunos ejidatarios un acceso diferenciado a recursos econ贸micos y pol铆ticos que les permiti贸 desarrollar procesos privados de acumulaci贸n de capital, complicando con ello la explotaci贸n de las tierras en com煤n. En el otro extremo, el derecho a la propiedad en com煤n bloque贸 el disfrute privado, debido a ineficiencias productivas y a inercias sociales que inmovilizaron el potencial productivo de las tierras comunes. Adem谩s en 煤ltima instancia, la propiedad estaba depositada en el Estado y de manera concreta en las dependencias del poder Ejecutivo. Ese 煤ltimo elemento a帽adi贸 a la propiedad ejidal una contradicci贸n m谩s: el ejido ten铆a que de funcionar al mismo tiempo como un 贸rgano de representaci贸n campesina y como un aparato del Estado. La f贸rmula h铆brida de la propiedad condujo a la inmovilizaci贸n de la tierras, pues la 煤nica forma de transmisi贸n era por fallecimiento o incapacidad f铆sica del ejidatario original. Este, adem谩s, era privado de sus derechos si durante dos a帽os consecutivos no la trabajaba. En la supervisi贸n del usufructo de la tierra y en la asignaci贸n de los sucesores de ejidatarios, las autoridades agrarias ejerc铆an pr谩cticamente un derecho de veto. Por ello, el contubernio entre autoridades ejidales y agentes gubernamentales deriv贸 en la desorganizaci贸n y desmovilizaci贸n del ejido y en la proliferaci贸n del cacicazgo ejidal, un nuevo agente de dominaci贸n que transit贸 del control del mercado ilegal de parcelas a otros 谩mbitos: como agiotista en el mercado de dinero, como acaparador en el mercado de productos agr铆colas, como comerciante en el mercado de art铆culos de primera necesidad y como autoridad ejidal y hasta enganchar en el mercado de trabajo. |
Agosto 19, 2011
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