El movimiento encabezado por Emiliano Zapata fue similar en muchos aspectos a otros movimientos agrarios, tanto en los motivos como en las estrategias de lucha. La mayor parte del ej茅rcito zapatista estuvo compuesta por campesinos libres y su principal sustento era la solidaridad aldeana, el respecto a una autoridad avalada por la tradici贸n y la no remuneraci贸n o pago a los soldados. Sus dirigentes, entre los que se encontraban campesinos, obreros e intelectuales, mostraron siempre una gran adhesi贸n a los ideales del movimiento, por lo que 茅ste mantuvo siempre una considerable unidad.
Como otras facciones participantes en la Revoluci贸n, el zapatismo fue modificando los objetivos de su lucha en el transcurso de las acciones b茅licas. El Plan de Ayala, promulgado en noviembre de 1911, pugn贸 principalmente por la devoluci贸n de las tierras arrebatadas a los pueblos y la expropiaci贸n, previa indemnizaci贸n, de los grandes monopolios, “a fin de que los pueblos y ciudadanos en M茅xico obtengan ejidos, colonias, fondos legales para pueblos o campos de sembradura o de labor”.
La ley agraria zapatista, emitida en 1915, muestra la evoluci贸n de este movimiento. En su art铆culo tercero estableci贸 que “la naci贸n reconoce el derecho tradicional e hist贸rico que tienen los pueblos, rancher铆as y comunidades de la Rep煤blica, a poseer y administrar sus terrenos de com煤n repartimiento, y a sus ejidos, en la forma que juzguen conveniente”. El art铆culo 4o. se帽al贸 que “para el efecto de crear la peque帽a propiedad, ser谩n expropiadas por causa de utilidad p煤blica y mediante la correspondiente indemnizaci贸n, todas las tierras del pa铆s, con la sola excepci贸n de los terrenos pertenecientes a los pueblos, rancher铆as y comunidades, y de aquellos predios que, por no exceder del m谩ximo que fija esta ley, deben permanecer en poder de sus actuales propietarios”.
La ley zapatista fue la primera en proponer un l铆mite a la propiedad privada. Los topes variaron seg煤n la calidad del terreno de que se tratase e iban de 100 a 1 500 hect谩reas. Esta ley tambi茅n fue original en otros aspectos, como declarar inalienables a perpetuidad las tierras de los pueblos, prohibir la formaci贸n de sindicatos o compa帽铆as agr铆colas, establecer el derecho de confiscaci贸n de la propiedad del enemigo, crear tribunales agrarios especiales y departamentos federales de riego, de cr茅dito rural, de educaci贸n y de investigaci贸n agr铆colas, as铆 como asignar un gran n煤mero de atribuciones al Secretario de Agricultura y la obligaci贸n de las autoridades municipales de ejecutar las disposiciones.