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Desde fines de los a帽os setenta se generaliz贸 la opini贸n, tanto en el Gobierno como entre las organizaciones campesinas y los estudiosos, de que la situaci贸n del campo era cr铆tica. Era evidente que el medio rural presentaba serios rezagos frente al urbano, en su econom铆a, su contribuci贸n al producto interno bruto, la dotaci贸n de servicios con que contaba, los ingresos de la poblaci贸n y en general, en todos los indicadores del bienestar social, familiar y personal. En las campa帽as pol铆ticas que para la Presidencia de la Rep煤blica se llevaron a cabo en 1988 siempre estuvo presente el tema. De manera particular, el candidato del Partido Revolucionario Institucional (PRI) se comprometi贸 a revisar a fondo la legislaci贸n agraria, pues por su excesiva regulaci贸n se hab铆a convertido en una traba para el desarrollo rural; era preciso adaptar el proceso de la Reforma Agraria a las nuevas condiciones econ贸micas y sociales del pa铆s y del campo. Entre otras cosas, propuso dejar atr谩s el paternalismo y la injerencia del gobierno en las decisiones internas de los ejidos, las comunidades y las organizaciones campesinas. En general, todos los analistas e investigadores reconoc铆an que la Reforma Agraria hab铆a transformado de ra铆z la estructura de la tenencia de la tierra y creado una nueva clase social en el campo. Si en 1910 menos de dos mil familias eran propietarias del 87% de la superficie del pa铆s, a fines de los a帽os ochenta hab铆a m谩s de cinco millones de ejidatarios, comuneros y peque帽os propietarios que ten铆an el control directo de 90% del territorio. La infraestructura agr铆cola tambi茅n se hab铆a modificado. La superficie de riego aument贸 de 700 000 hect谩reas en 1910, a 5.4 millones en 1988, y los caminos de 26 000 a 220 000 kil贸metros. Del analfebetismo casi absoluto de 1910, ahora tres de cada cuatro habitantes del medio rural sab铆an leer y escribir. La esperanza de vida en el campo se elev贸 de 25 a 65 a帽os. Empero, el esquema de desarrollo del campo exhib铆a su total agotamiento. Desde 1965 el ritmo de crecimiento de la producci贸n agropecuaria era inferior al de la poblaci贸n, lo cual dio origen a una cada vez mayor importaci贸n de alimentos b谩sicos, en especial de ma铆z. Asimismo, la creciente poblaci贸n rural no pose铆a tierras de cultivo, no podr铆a adquirirlas por la v铆a de la dotaci贸n ejidal y carec铆a de empleo o ingresos permanentes y razonables. Ello gener贸 una masiva emigraci贸n temporal y definitiva a las ciudades medias y grandes y a Estados Unidos. Era ampliamente reconocida, en resumen, la necesidad de abrir nuevas opciones productivas y de bienestar a los habitantes del campo, pero con respeto pleno a las tres formas de propiedad reconocidas en la Constituci贸n: el ejido, la comunidad y la peque帽a propiedad. El 1 de noviembre de 1991, en ocasi贸n de su Tercer Informe de Gobierno, el Presidente de la Rep煤blica expuso una nueva estrategia de desarrollo rural. “Debemos partir del reconocimiento de nuevas realidades: nuestra poblaci贸n est谩 creciendo, pero nuestro territorio es el mismo. Solo en el campo viven hoy 25 millones de compatriotas, casi el doble de la poblaci贸n que hab铆a en todo el pa铆s en 1910, y su n煤mero va en aumento. Existen 25 millones de hect谩reas de labor, cinco millones de riego, mientras que la fuerza de trabajo en la agricultura es ya de seis millones de productores. Ha crecido la producci贸n pero la productividad no es suficiente. El minufundio se extiende tanto entre ejidatarios como entre peque帽os propietarios y los campesinos tienen que trabajar m谩s para sacar menos. En nuestro campo todav铆a hay mucha miseria.” “El reparto agrario establecido hace m谩s de 50 a帽os se justific贸 en su 茅poca, y es reconocido hoy en d铆a por su compromiso con los campesinos. En su momento llev贸 justicia al campo: pero pretender, en las circunstancias actuales, continuar por el camino de antes ya no significa prosperidad para la patria ni justicia para los campesinos. No porque haya fallado la reforma agraria, sino por la propia din谩mica social, demogr谩fica y econ贸mica a la cual contribuy贸. Hoy la mayor铆a de los ejidatarios o de los peque帽os propietarios es de minifundistas; dos terceras partes de los campesinos que siembran ma铆z en la naci贸n tienen menos de tres hect谩reas de tierra de temporal por familia; muchos s贸lo poseen surcos. As铆 no pueden satisfacer sus propias necesidades.” “El gobierno est谩 obligado por mandato constitucional a seguir repartiendo tierras, pero desde hace a帽os los efectos del reparto son contrarios a su prop贸sito revolucionario y cumplirlo no responde al esp铆ritu de justicia de la propia Constituci贸n. Antes el camino del reparto fue de justicia; hoy es improductivo y empobrecedor. Seguir por esa ruta ser铆a traicionar la memoria de nuestros antepasados revolucionarios, defraudar a los campesinos ya beneficiados por el reparto y burlar a los que esperan nueva tierra, hombres y mujeres de carne y hueso, de ideas y sue帽os. Con toda raz贸n se indignar铆an ante repartos de pura estad铆stica, en el papel. Nos exigen claras opciones productivas con su participaci贸n en el trabajo y para el progreso nacional.” Una semana despu茅s, el 7 de noviembre de 1991, el Ejecutivo Federal envi贸 a la C谩mara de Diputados la Exposici贸n de Motivos e Iniciativa de Decreto que Reforma el Art铆culo 27 de la Constituci贸n Pol铆tica de los Estados Unidos Mexicanos. A continuaci贸n se reproducen algunos de los p谩rrafos de la “Exposici贸n de Motivos.” “El reparto agrario ha sido sin duda uno de los procesos sociales m谩s vinculados con nuestro nacionalismo. Su extraordinaria vitalidad transform贸 de ra铆z la estructura propietaria del territorio nacional. Dio prosperidad a la patria y justicia a los campesinos: los liber贸 de la hacienda, restituy贸 la vida del pueblo, de la comunidad, del ejido y se consagr贸 en la Constituci贸n y en las leyes del pa铆s. Sin embargo, pretender en las circunstancias actuales que el camino nacionalista debe seguir siendo el mismo de ayer, el del reparto agrario, pone en riesgo los objetivos mismos que persigui贸 la reforma agraria y la Revoluci贸n Mexicana. Ese extraordinario cambio es y seguir谩 siendo motivo de orgullo en nuestra historia. Pero hoy, debemos emprender nuevos caminos”. “Necesitamos cambiar no porque haya fallado la reforma agraria. Vamos a hacerlo porque tenemos hoy una diferente realidad demogr谩fica, econ贸mica y de vida social en el campo, que la misma reforma agraria contribuy贸 a formar y que reclama nuevas respuestas para lograr los mismos fines nacionalistas. Necesitamos un programa integral de apoyo al campo para capitalizarlo, abrir opciones productivas y construir medios efectivos que protejan la vida en comunidad, como la quieren los campesinos de M茅xico.” [...] “Desde el inicio de la gesta revolucionaria de la que surgi贸 la reforma agraria, las caracter铆sticas demogr谩ficas y econ贸micas de nuestro pa铆s han cambiado radicalmente. La urbanizaci贸n de la poblaci贸n ha sido la contraparte del proceso de industrializaci贸n, experiencia compartida por otros pa铆ses en desarrollo. Pero en M茅xico, la proporci贸n de habitantes en el campo ha permanecido alta en relaci贸n con su participaci贸n en el producto. Esto ha generado un serio problema de distribuci贸n del ingreso entre los distintos sectores de la econom铆a. As铆 la fuerza de trabajo que labora en el campo, alrededor de la cuarta parte de la del pa铆s, genera menos del 10% del producto nacional. El resultado es que los ingresos del sector rural son en promedio casi tres veces menores a los del resto de la econom铆a.” “La mayor铆a de los productores rurales, sean ejidatarios o peque帽os propietarios, son minifundistas con menos de cinco hect谩reas de tierra laborable de temporal. A esa limitaci贸n territorial se agregan las restricciones que disminuyen el margen de autonom铆a y su capacidad de organizaci贸n y asociaci贸n estable. En el minifundio se presenta estancamiento y deterioro t茅cnico que se traducen en producci贸n insuficiente, baja productividad, relaciones de intercambio desfavorables y niveles de vida inaceptables. Por ello, la mayor铆a de los productores y trabajadores rurales vive en condici贸n de pobreza y entre ellos se concentra, desproporcionadamente, su expresi贸n extrema, hasta alcanzar niveles inadmisibles que comprometen el desarrollo nacional. La persistencia de carencias ancestrales en el campo mexicano, combinadas con el rezago frente a las transformaciones recientes, nos enfrenta a un reto que no admite dilaci贸n.” “La inversi贸n de capital en las actividades agropecuarias tiene hoy pocos alicientes debido en parte a la falta de certeza para todas las formas de tenencia que se deriva de un sistema obligatorio para el Estado, de reparto abierto y permanente; tambi茅n por las dificultades de los campesinos, mayoritariamente minifundistas, para cumplir con las condiciones que generalmente requiere la inversi贸n. Como consecuencia de la baja inversi贸n, el estancamiento de los rendimientos afecta la rentabilidad de muchos cultivos, que se mantienen en condiciones precarias que subsidios o apoyos que no siempre cumplen un claro prop贸sito social”. “La inversi贸n p煤blica que en el 煤ltimo medio siglo se ha dirigido al sector agropecuario no puede tener la magnitud necesaria para financiar, por s铆 sola, la modernizaci贸n productiva del campo. Otras fuentes de inversi贸n deben sumarse. Adem谩s, no es solamente un problema de magnitud, no es solamente un problema de magnitud; tambi茅n lo es de eficacia. La inversi贸n del sector p煤blico debe complementarse con la de los productores que conocen directamente el potencial de su tierra y distinguen la mejor tecnolog铆a para sus explotaciones. En este proceso, la disponibilidad de financiamiento y las posibilidades de asociaci贸n son fundamentales, al igual que procesos de comercializaci贸n y transformaci贸n competitivos y eficientes.” “La realidad nos muestra que cada vez es m谩s frecuente encontrar en el campo pr谩cticas de usufructo parcelario y de renta, de asociaciones y medier铆a, inclusive de venta de tierras ejidales que se llevan a cabo al margen de la ley. Esta situaci贸n est谩 se帽alando una respuesta de la vida rural al minifundismo, a las condiciones de pobreza y a las dificultades para acceder a financiamiento, tecnolog铆a y escalas de producci贸n rentable. Es claro que estas pr谩cticas cotidianas y extendidas necesitan canalizarse constructivamente por la v铆a del derecho. Debemos hacerlo tambi茅n porque, al no estar jur铆dicamente amparadas, disminuye el valor del ingreso que obtienen los campesinos por dichas operaciones y pierden en esos casos la defensa legal de sus Inter茅ses. Sin duda esa situaci贸n resta certidumbre para la inversi贸n en plazos amplios y, por eso, inducen a buscar una explotaci贸n de los recursos naturales que rinda en el tiempo m谩s breve, abriendo la posibilidad de causar, en ese af谩n, da帽os ecol贸gicos.” “Nuevos enfoques y desarrollos t茅cnicos para el aprovechamiento de los recursos naturales del territorio no se han reflejado en ajustes al sistema agrario. Persisten formas que propician depredaci贸n, desperdicio y pobreza entre quienes la practican. Los ricos y variados recursos de nuestro territorio: los bosques y selvas tropicales, los litorales con potencial acu铆cola, las zonas de recolecci贸n de plantas silvestres, los que tienen potencial tur铆stico, los yacimientos de minerales no sujetos a concesi贸n, entre otros muchos, requieren de un nuevo planteamiento para ser fuentes productivas y de bienestar para sus poseedores.” “Desde hace un cuarto de siglo el crecimiento promedio de la producci贸n agropecuaria ha sido inferior al de la poblaci贸n. El d茅bil avance de la productividad afecta no s贸lo al ingreso de los productores rurales, sino tambi茅n a los consumidores y a las finanzas p煤blicas. Ha provocado que una parte importante y creciente de los alimentos esenciales que consume el pueblo mexicano tuviera que adquirirse fuera de nuestras fronteras. Por eso, reactivar el crecimiento sostenido a trav茅s de la inversi贸n es el desaf铆o central del campo mexicano y es condici贸n ineludible para superar pobreza y marginaci贸n.” “El sector agropecuario fue uno de los m谩s afectados por la inestabilidad econ贸mica, la incertidumbre cambiar铆a y la inflaci贸n. El notable avance tecnol贸gico, particularmente en la agricultura, no ha permeado sustancialmente nuestro campo. De igual manera, el procesamiento y comercializaci贸n de productos agropecuarios ha adquirido gran complejidad tecnol贸gica y mercantil: su d茅bil incorporaci贸n reduce la competitividad. La estabilizaci贸n lograda en los 煤ltimos tres a帽os sienta con firmeza las bases para que los intercambios estructurales que se proponen en esta iniciativa permitan el arranque de un nuevo proceso de crecimiento en el agro.” “En el medio rural se ha manifestado una exigencia para emprender una reforma a fondo del marco jur铆dico para conducir el esfuerzo de los mexicanos en el campo, hacer que impere m谩s justicia y se pueda responder a las nuevas realidades econ贸micas y sociales. Debemos reconocer realidades e introducir los cambios necesarios para darle viabilidad a nuestras potencialidades, para acceder en nuestros propios t茅rminos al proceso de transformaci贸n que el mundo vive. La visi贸n y el talento de los constituyentes nos ha dotado de una direcci贸n precisa para propiciar cambio y crecimiento, procurar justicia y combatir pobreza. La inmovilidad nos llevar铆a a un estado de inviabilidad e injusticia social. Debemos actualizar nuestra reforma agraria para incrementar la libertad y la autonom铆a de todos los campesinos en la realizaci贸n de sus aspiraciones de justicia.” [...] “Ampliar justicia y libertad son los objetivos de esta iniciativa, como lo han sido de las luchas agrarias que nos precedieron. Busca promover cambios que alienten una mayor participaci贸n de los productores del campo en la vida nacional, que se beneficien con equidad de su trabajo, que aprovechen su creatividad y que todo ello se refleje en una vida comunitaria fortalecida y una Naci贸n m谩s pr贸spera. Para lograrlo, los cambios deben proporcionar mayor certidumbre en la tenencia y en la producci贸n para ejidatarios, comuneros y peque帽os propietarios. Parte esencial del prop贸sito de justicia es revertir el creciente minifundio en el campo; 茅ste proviene en gran parte de la obligaci贸n de seguir repartiendo tierras y de la falta de formas asociativas estables. Los cambios deben, por ello, ofrecer los mecanismos y las formas de asociaci贸n que estimulen una mayor inversi贸n y capitalizaci贸n de los predios rurales, que eleven producci贸n y productividad y abran un horizonte m谩s amplio de bienestar campesino. Tambi茅n, deben fortalecer la vida comunitaria de los asentamientos humanos y precisar los derechos de ejidatarios y comuneros, de manera que se respeten las decisiones que tomen para el aprovechamiento de sus recursos naturales.” “El fin del reparto agrario. La obligaci贸n constitucional de dotar a los pueblos se extendi贸 para atender a los grupos de individuos que carec铆an de tierra. Esta acci贸n era necesaria y posible en un pa铆s poco poblado y con vastas extensiones por colonizar. Ya no lo es m谩s. La poblaci贸n rural crece, mientras que las tierras para satisfacer esa demanda incrementada por la din谩mica demogr谩fica. Los dict谩menes negativos del Cuerpo Consultivo Agrario, derivados de que no se localizaron tierras afectables para atender solicitudes, ya son tan numerosos como todas las dotaciones realizadas desde 1917. En resoluciones recientes se especifica que la tierra entregada no es apta para su aprovechamiento agropecuario. Nos enfrentamos a la imposibilidad para dotar a los solicitantes de tierra. Tramitar solicitudes que no puedan atenderse introduce incertidumbre, crea falsas expectativas y frustraci贸n, inhibe la inversi贸n en la actividad agropecuaria, desalentando, con ello, mayor productividad y mejores ingresos para el campesino. Debemos reconocer que culmin贸 el reparto de la tierra que estableci贸 el art铆culo 27 constitucional en 1917 y en sus sucesivas reformas.” [...] “Ahora tenemos que consolidar e impulsar la obra resultante del reparto agrario, ofrecer al campesino los incentivos que le permitan aprovechar el potencial de su tierra, abrir alternativas productivas que eleven su nivel de vida y el de su familia. Es necesario propiciar un ambiente de certidumbre en la tenencia de la tierra ejidal, comunal y en la peque帽a propiedad, que fomente capitalizaci贸n, transferencia y generaci贸n de tecnolog铆a, para as铆 contar con nuevas formas de creaci贸n de riqueza en provecho del hombre del campo.” “La reforma agraria ingresa a una nueva etapa. Para ello es esencial la superaci贸n del rezago agrario. Los leg铆timos derechos de todas las formas de tenencia de la tierra deben quedar plenamente establecidos y documentados, por encima de toda duda, para quedar como definitivos. Eso exige de un esfuerzo de gran magnitud. Mediante el uso preferente de la v铆a conciliatoria y con acciones de procuraci贸n y gestor铆a para los pueblos y campesinos, es posible resolverlo. La claridad de los t铆tulos agrarios es un instrumento de impartici贸n de justicia cuya procuraci贸n presidi贸 desde su origen el esp铆ritu del art铆culo 27 constitucional.” “La justicia agraria. Para garantizar la impartici贸n de justicia y definitividad en materia agraria, se propone establecer, en el texto constitucional en la fracci贸n VII, tribunales federales agrarios, de plena jurisdicci贸n. Ellos estar谩n dotados con autonom铆a para resolver, con apego a la ley y de manera expedita, entre otros, los asuntos relativos a la tenencia de ejidos y comunidades, las controversias entre ellos y las referentes a sus l铆mites. Con ello, se sustituye el procedimiento mixto administrativo-jurisdiccional derivado de la necesidad de una inmediata ejecuci贸n.” “Capitalizar el campo. Para reactivar la producci贸n y establecer de manera sostenida su crecimiento, son necesarios los cambios que atraigan y faciliten la inversi贸n en las proporciones que el campo ahora demanda. Para lograrlo, se requiere seguridad, pero tambi茅n nuevas formas de asociaci贸n donde imperen equidad y certidumbre, se estimule la creatividad de los actores sociales y se compartan riesgos. Se mantienen los l铆mites de la peque帽a propiedad, pero se superan las restricciones productivas del minifundio para lograr, mediante la asociaci贸n, las escalas de producci贸n adecuadas. Por ello, conviene eliminar los impedimentos a las sociedades mercantiles para dar capacidad a los productores de vincularse efectivamente en las condiciones del mercado.” “La peque帽a propiedad. La peque帽a propiedad es consubstancial a la Reforma Agraria y la Constituci贸n la protege. La decisi贸n se preserva y ratifica, aunque se actualiza con el fin de dar paso a las asociaciones que permitan su capitalizaci贸n y el aprovechamiento de mayores escalas de producci贸n. Por eso esta iniciativa mantiene los l铆mites de extensi贸n a la peque帽a propiedad. Con ello se conservan los aprovechamientos familiares y las unidades productivas del ranchero individual.” “Con el fin del reparto agrario, los certificados de inafectabilidad, necesarios en su momento para acreditar la existencia de la peque帽a propiedad, ya no lo ser谩n. La protecci贸n constitucional plena ya no estar谩 condicionada a la obtenci贸n de dichos certificados. As铆 reintegramos un sistema de amplia protecci贸n en favor de la seguridad jur铆dica de todos.” “Para revertir el deterioro de nuestros bosques y estimular su aprovechamiento racional, se propone definir el concepto de peque帽a propiedad forestal, asimil谩ndola al l铆mite de 800 hect谩reas, que prev茅 la actual fracci贸n XV. La intenci贸n es clara: los aprovechamientos forestales ligados a plantaciones industriales y regeneraciones modernas requieren de extensiones suficientes para alcanzar rentabilidad.” “Nuestro pa铆s cuenta con proporciones muy bajas de tierras agr铆colamente aprovechables con respecto del total de territorio. Por ello, el texto vigente protege las mejoras en la calidad que introduzca el propietario, aunque por virtud de estas mejoras los predios rebasen la extensi贸n de la peque帽a propiedad. La iniciativa conserva este est铆mulo y lo refuerza al permitir que las tierras sean aprovechadas permitiendo la flexibilidad necesaria para cambiar el uso agropecuario. Esto abrir谩 al cultivo extensiones que hoy son yermos o predios de 铆nfima calidad, en beneficio de nuestra agricultura nacional. Para ello se modifica el texto del 煤ltimo p谩rrafo de la fracci贸n XV.” “Nuevas formas de asociaci贸n. La producci贸n agropecuaria, en todo el mundo, es cada d铆a m谩s compleja y requiere de escalas adecuadas y formas de organizaci贸n m谩s grandes y especializadas. No podemos quedarnos atr谩s de esos procesos globales de los que formamos parte. Requerimos ajustes a nuestra agricultura para estimular su capitalizaci贸n y, as铆, superar el estancamiento. La desigualdad entre los productores rurales y otros sectores nos coloca en desventaja y nos hace vulnerables, mina la convivencia social y atenta contra el desarrollo de nuestra econom铆a.” “Tenemos un gran espacio para avanzar con incrementos considerables en la producci贸n, productividad y el valor agregado. Necesitamos m谩s inversi贸n, p煤blica y privada, mayor flujo tecnol贸gico para el campo y que 茅stos se sumen al esfuerzo de los campesinos. Tanto en la peque帽a propiedad como en la ejidal se necesitan opciones para alcanzar las escalas t茅cnicas y econ贸micas de la moderna unidad agropecuaria y forestal, respetando los l铆mites que la Constituci贸n establece a la propiedad individual. Ello es posible facilitando formas de asociaci贸n que agrupen tierra para la producci贸n. La mayor铆a de los propietarios privados son minifundistas que forman parte de las comunidades rurales, con frecuencia en condiciones tan severas y restringidas como la de los ejidatarios. Por eso, la reforma debe estimular la compactaci贸n y las asociaciones en cada uno de los tipos de propiedad y entre ellos, para asegurar su capitalizaci贸n y su viabilidad.” “Conviene, por eso, permitir la participaci贸n de las sociedades por acciones en la propiedad y producci贸n rural, regulando al mismo tiempo la extensi贸n m谩xima, el n煤mero de socios y que su tenencia accionaria se ajuste a los l铆mites impuestos a la peque帽a propiedad. En el caso de peque帽as propiedades , 茅stas podr谩n formar parte del patrimonio de la sociedad y en el caso de ejidos, 茅stos podr谩n adoptar formas societarias, incluso mercantiles, para atraer socios aportantes de recursos. Con ello se propiciar谩 el flujo de capital hacia las actividades agropecuarias, as铆 como la introducci贸n de t茅cnicas de producci贸n, administraci贸n y comercializaci贸n moderna en una relaci贸n respetuosa y equitativa.” “Desde hace casi una d茅cada el anonimato en la propiedad accionaria dej贸 de existir y, con ello, se evita el riesgo de la formaci贸n de latifundios encubiertos. El tiempo del latifundio es el pasado. No m谩s propiedad individual de enormes extensiones e improductiva. No lo permitiremos en la ley, no lo tolera la pr谩ctica social. Los l铆mites a la peque帽a propiedad son garant铆as socialmente acordadas para la equidad. Se reafirma esa decisi贸n hist贸rica. Se abren, as铆, las posibilidades para el uso racional de la tierra, sin afectar el consenso en contra de la acumulaci贸n injusta.” “Para lograr los cambios que promuevan la capitalizaci贸n del campo, esta iniciativa propone la reforma de las fracciones IV y VI del art铆culo 27 constitucional, eliminando las prohibiciones a las sociedades mercantiles y estableciendo los criterios generales que deben satisfacer. Para la operaci贸n de empresas por acciones en el campo, la ley determinar谩 los l铆mites y los requisitos y condiciones para formar una sociedad mercantil por acciones, propietaria de terrenos r煤sticos. Se desea promover nuevos v铆nculos entre actores productivos, pero tambi茅n proteger al campesino en su asociaci贸n con socios mercantiles y garantizar que las sociedades no se orienten hacia la concentraci贸n de tierra ociosa o con fines especulativos. Tambi茅n se suprime en la fracci贸n VI la prohibici贸n gen茅rica a las corporaciones civiles de poseer, tener en propiedad o administrar bienes ra铆ces.” “Confiamos en crear las condiciones para que la capacidad organizativa de los productores conjunte recursos y esfuerzos en t茅rminos equitativos y transparentes, independientemente de la modalidad en la tenencia de la tierra. Por ello es indispensable dar claridad en la ley a las modalidades de asociaci贸n y otras formas contractuales para la producci贸n. Con estas modificaciones reconocemos la realidad y la orientamos al brindar certeza y protecci贸n legal a pr谩cticas organizativas que ya se vienen llevando a cabo en el campo mexicano. Promovemos, por la v铆a de la asociaci贸n, la compactaci贸n productiva de la tierra para incrementar rentabilidad y mejorar el acceso al valor agregado. Todo a partir de la libertad y voluntad de los productores rurales.” “La reforma se propone reafirmar las formas de tenencia de la tierra derivadas de la gesta agraria de los mexicanos y adecuarlas a las nuevas realidades del pa铆s. Cada una de ellas tiene origen y prop贸sito en los Inter茅ses y la interacci贸n entre grupos hist贸ricamente conformados. El respeto y protecci贸n a su configuraci贸n como asentamiento humano es condici贸n para la preservaci贸n del tejido social. Su base productiva debe ser fuente de bienestar para el campesino y de prosperidad para la naci贸n. Por ello se elevan a nivel constitucional el reconocimiento y la protecci贸n del ejido y la comunidad. Confirmamos sin ambig眉edad al ejido y la comunidad como formas de propiedad al amparo de nuestra ley suprema. Son tierras de los ejidatarios y comuneros, a ellos corresponden las decisiones sobre su manejo. El siglo XX ratific贸 al ejido y la comunidad como formas de vida comunitarias creadas a lo largo de la historia. Demos paso a la reforma agraria de los propios campesinos”. “La reforma a la fracci贸n VII, que promueve esta iniciativa, reconoce la distinci贸n entre la base territorial del asentamiento humano, sustento de una cultura de vida comunitaria, y la tierra para las actividades productivas del n煤cleo ejidal y comunal en el 谩mbito parcelario. Reconoce, tambi茅n, la plena capacidad de los ejidatarios de decidir las formas que deben adoptar y los v铆nculos que deseen establecer entre ellos para aprovechar su territorio. Tambi茅n fija el reconocimiento de la ley a los derechos de los ejidatarios sobre sus parcelas. Estos cambios atienden a la libertad y dignidad que exigen los campesinos y responden al compromiso del Estado de apoyar y sumarse al esfuerzo que ellos realizan para vivir mejor.” “La propiedad ejidal y comunal ser谩 protegida por la Constituci贸n. Se propone la protecci贸n a la integridad territorial de los pueblos ind铆genas. Igualmente, se protegen y reconocen las 谩reas comunes de los ejidos y el sustento territorial de los asentamientos humanos. En todo caso, el solar en el casco urbano seguir谩 siendo de la exclusiva propiedad de sus moradores. Las superficies parceladas de los ejidos podr谩n enajenarse entre los miembros de un mismo ejido de la manera que lo disponga la ley, propiciando la compactaci贸n parcelaria y sin permitir acumulaci贸n o fragmentaci贸n excesivas.” “Los poseedores de parcela podr谩n constituirse en asociaciones, otorgar su uso a terceros, o mantener las mismas condiciones presentes. La mayor铆a calificada del n煤cleo de poblaci贸n que fije la ley podr谩 otorgar al ejidatario el dominio de su parcela, previa regularizaci贸n y definici贸n de su posesi贸n individual. Hay que expresarlo con claridad. Los ejidatarios que quieran permanecer como tales recibir谩n el apoyo para su desarrollo. No habr谩 ventas forzadas por la deuda o la restricci贸n. La ley prohibir谩 contratos que de manera manifiesta abusen de la condici贸n de pobreza o de ignorancia. Sostenemos el ejercicio de la libertad, pero 茅ste jam谩s puede confundirse con la carencia de opciones. Nadie quedar谩 obligado a optar por alguna de las nuevas alternativas, dejar铆an de serlo. Se crear谩n las condiciones para evitar que la oportunidad se confunda con la adversidad.” “El Estado mexicano no renuncia a la protecci贸n de los Inter茅ses de los ejidatarios y comuneros. La reforma propuesta preserva el mandato pero distingue claramente entre las acciones de protecci贸n y promoci贸n que s铆 asume, de aquellas que no debe realizar porque suplantan la iniciativa campesina y anulan sus responsabilidades. Debemos reconocer la madurez que ha promovido la reforma agraria y la pol铆tica educativa, de salud y de bienestar en general, que ha realizado el Estado mexicano durante muchas d茅cadas. La reforma reconoce la plena capacidad legal del ejidatario y tambi茅n sus responsabilidades. A ellos les corresponde resolver la forma del aprovechamiento de sus predios dentro de los rangos de libertad que ofrezca nuestra Carta Magna.” “La capacidad y dignidad de los campesinos, su importancia y la de los campesinos, su importancia y la de sus organizaciones, su decisi贸n requieren apoyo y no paternalismo; constituyen, por eso, puntos de partida para la modernizaci贸n de la producci贸n rural. El respeto a la libertad de los productores rurales, la protecci贸n de sus comunidades y el reconocimiento pleno de su autonom铆a est谩n inscritos en la propuesta, sin merma de la obligaci贸n del Estado para ordenar y normar el conjunto con equidad, as铆 como para proteger a los campesinos.” “Debemos combatir la pobreza; estamos luchando por superarla sum谩ndonos a la iniciativa de los campesinos que en sus propios t茅rminos realizan ya en la vida cotidiana una reforma campesina de gran profundidad. Debemos acercarnos m谩s a las preocupaciones y a los Inter茅ses verdaderos de los productores rurales con respeto y solidaridad, y no pretender que a煤n no llega el tiempo para que decidan sobre sus propios asuntos. Demos pleno reconocimiento a nuestra historia y a la lucha de los campesinos, a la diversidad de las formas de tenencia y de aprovechamiento de la tierra. Podremos superar los retos como lo hicimos tantas veces en el pasado”. |
Agosto 19, 2011
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