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Subsecretar铆a de Ordenamiento de la Propiedad Rural
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La Subsecretar铆a de Ordenamiento de la Propiedad Rural tiene la funci贸n de realizar las acciones correspondientes que permitan otorgar seguridad jur铆dica y certidumbre documental en la tenencia de la tierra rural, regular los terrenos nacionales y ejecutar acciones en materia de colonias agr铆colas y ganaderas, plantear alternativas de soluci贸n a la conflictividad derivada de la tenencia de la tierra y procurar la definitividad administrativa. |
Facultades
Dentro de las facultades de la Subsecretar铆a de Ordenamiento de la Propiedad Rural se encuentran entre otras:
I. Planear, coordinar, controlar y evaluar el funcionamiento de las unidades administrativas que se le adscriban de acuerdo a lo dispuesto en el reglamento interior y a los lineamientos que fije el Secretario. II. Participar en el 谩mbito de su competencia en la formulaci贸n, ejecuci贸n, evaluaci贸n y control de los programas sectoriales, regionales y, en su caso, especiales. III. Acordar con el Secretario el despacho de los asuntos encomendados a las unidades administrativas adscritas a su responsabilidad, e informarle oportunamente sobre el estado de los mismos. IV. Establecer, de acuerdo a su competencia, los lineamientos, criterios, sistemas y procedimientos que deban regir en las unidades administrativas adscritas y apoyar t茅cnicamente la desconcentraci贸n y delegaci贸n de facultades a dichas unidades. V. Someter a la aprobaci贸n del Secretario los estudios y proyectos que lo requieran. VI.. Desempe帽ar las comisiones que le encomiende el Secretario y realizar los actos y funciones que le correspondan por suplencia, e informar al Secretario sobre su desarrollo. VII. Formular los anteproyectos de los programas que le corresponda, as铆 como en los proyectos de presupuesto de las 谩reas asignadas a su responsabilidad y, una vez aprobados, vigilar su correcta y oportuna operaci贸n y aplicaci贸n, por parte de las unidades administrativas de su adscripci贸n. VIII. Proporcionar, con la aprobaci贸n del Secretario y de acuerdo con las normas y pol铆ticas establecidas, la informaci贸n y la cooperaci贸n que sea requerida por otras dependencias del Ejecutivo Federal. IX. Previo acuerdo del Secretario, suscribir los convenios o bases de colaboraci贸n y los anexos de ejecuci贸n en materia de su competencia, con dependencias de la Administraci贸n P煤blica Federal, Estatal o Municipal, as铆 como los convenios de concertaci贸n con los sectores social y privado. En los casos en que estos convenios afecten el presupuesto de la Secretar铆a, se requerir谩 la suscripci贸n conjunta del Oficial Mayor, para efectos de validaci贸n presupuestal. X. Expedir copias certificadas de documentos que existan en los archivos a su cargo, o los de las unidades administrativas de su adscripci贸n, excepto las previstas en la fracci贸n X del art铆culo 9o. del reglamento interior. XI. Presidir los comit茅s que sean de su competencia. XII.. Vigilar que se cumpla estrictamente con las disposiciones jur铆dicas en todos los asuntos de su competencia y en los que se le asignen. XIII. Resolver los recursos administrativos que conforme a las disposiciones jur铆dicas y reglamentarias le correspondan. XIV. Las dem谩s que les confieran la superioridad, otras disposiciones jur铆dicas aplicables, as铆 como las que competen a las unidades administrativas que se le hubieren adscrito o determine el Secretario.
Subsecretario
![]() Jaime Tom谩s R铆os Bernal , originario de C贸rdoba, Veracruz, se titul贸 como M茅dico Veterinario Zoot茅cnista y licenciado en filosof铆a; curs贸 la especialidad en pol铆ticas p煤blicas por el Instituto Tecnol贸gico Aut贸nomo de M茅xico. Presidente municipal de 1995 a 1997 de su natal C贸rdoba, diputado federal por el XVI distrito durante el periodo 2000-2003, adem谩s de delegado en Veracruz de Banobras y posteriormente Director de Promoci贸n y Proyectos en la misma instituci贸n financiera. Es Subsecretario de Ordenamiento de la Propiedad Rural, en la Secretar铆a de la Reforma Agraria, cargo que desempe帽a desde el 1掳 de enero de 2009. Entre sus responsabilidades est谩 la de atender los conflictos sociales en el medio rural, derivados de disputas por la tierra o por la falta de certidumbre jur铆dica. Tambi茅n tiene a su cargo desahogar los procedimientos expropiatorios y de enajenaci贸n de terrenos nacionales, la ejecuci贸n de resoluciones presidenciales y regularizar la tenencia de la tierra en las colonias agr铆colas y ganaderas, entre otras.
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