Facultades
Las atribuciones específicas de la Dirección General de Ordenamiento y Regularización son:
I.Localizar los terrenos baldíos y verificar de oficio o a petición de parte, las posesiones que existieren en estos o en terrenos nacionales;
II.Desarrollar el procedimiento de deslinde de los terrenos baldíos y, en su caso, elaborar el proyecto de resolución que los declare nacionales, y ordenar la publicación correspondiente en el Diario Oficial de la Federación;
III.Llevar el registro y emitir la normatividad y procedimientos para regular los terrenos nacionales que por Ley o disposición de autoridad competente, vuelvan al dominio de la Nación;
IV.Realizar las acciones correspondientes para que se inscriban los terrenos nacionales en el Registro Agrario Nacional, así como en el Registro Público de la Propiedad de la entidad federativa que corresponda;
V.Establecer y ejecutar los procedimientos para destinar los terrenos nacionales a los requerimientos de servicios de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal o Municipal, así como para la enajenación de los mismos;
VI.Establecer la debida coordinación con la Secretaría de la Función Pública, para acordar los lineamientos que deban observarse en la permanente actualización y regularización de los terrenos nacionales, así como para mantenerla informada sobre su inventario;
VII.Ejercer las funciones de administración los terrenos declarados como nacionales en términos de la legislación agraria;
VIII.Resolver sobre la revocación y caducidad de las concesiones, permisos o autorizaciones a que se refiere la fracción anterior, previo acuerdo con su superior jerárquico y notificando de tal situación a los interesados, así como emitir declaratorias de recuperación correspondientes;
IX.Llevar a cabo los procedimientos de expropiación de terrenos ejidales y comunales, conforme a la normativa aplicable;
X.Vigilar la aplicación de las disposiciones normativas en los trabajos técnicos e informativos que se requieran para la integración de los expedientes de expropiación;
XI.Elaborar los proyectos de decretos de expropiación de que se trate, en coordinación con las dependencias y entidades de los Gobiernos Federal, Estatal y Municipal que sean parte del procedimiento;
XII.Coordinar y vigilar el debido cumplimiento de la ejecución de los decretos expropiatorios que hayan sido publicados en el Diario Oficial de la Federación, en los términos de la Ley;
XIII.Establecer y ejecutar las acciones en materia de colonias agrícolas y ganaderas que se deriven de su Reglamento;
XIV.Revisar los contratos y concesiones realizados con individuos o compañías particulares a que se refiere la fracción XVIII del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, aplicando el procedimiento correspondiente para la nulidad de dichos contratos y concesiones;
XV.Realizar una revisión sistemática de todas las colonias agrícolas y ganaderas existentes y, en su caso, declarar la caducidad de la declaratoria de las mismas o la cancelación de las autorizaciones correspondientes, cuando hayan dejado de cumplir el objeto para el que fueron creadas;
XVI.Dictaminar sobre la rescisión de los contratos de compraventa de lotes de colonias agrícolas y ganaderas, emitiendo la declaración de nulidad y cancelación de los títulos que se hayan expedido, cuando así lo determine la autoridad jurisdiccional competente;
XVII.Intervenir en la elaboración de los títulos de lotes de colonias;
XVIII.Emitir los lineamientos y promover el cambio de régimen de propiedad de las colonias en los términos de la Ley, y
XIX.Solicitar al Registro Agrario Nacional la ejecución de los trabajos técnicos, topográficos y cartográficos que se requieran para la integración de los expedientes relativos a los asuntos materia de su competencia; el que los realizará por sí o a través de terceros, de conformidad con la legislación aplicable.
Director General

David Cerecedes Fierro, se tituló como licenciado en derecho por la Universidad Autónoma de Chihuahua, diplomado en Derecho Indígena por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y ha recibido diferentes cursos en materia agraria.
Es Director General de Ordenamiento y Regularización de la Secretaria de la Reforma Agraria, cargo que ejerce desde el 10 de octubre del 2011.
Se desempeño como Delegado del Registro Agrario Nacional en el Estado de Chihuahua; Subdelegado de Registro y Jefe del Departamento Jurídico en la Delegación Chihuahua del Registro Agrario Nacional e inspector de Notarias del Registro Público de la Propiedad y del Notariado en el Estado de Chihuahua.
Entre sus responsabilidades está la de coordinar el desahogo del procedimiento para la enajenación y titulación de terrenos nacionales; controlar y vigilar el procedimiento de expropiación de bienes ejidales y comunales, así como la debida ejecución de los Decretos Expropiatorios publicados en el Diario Oficial de la Federación, además de coordinar las acciones que permitan regularizar las colonias agrícolas y ganaderas y de los lotes que las integran.